Después de acelerar el trámite a través de una resolución de la Inspección General de Justicia (IGJ) para habilitar el desembarco de capitales privados y extranjeros en los clubes de fútbol, el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, mandó un emisario al juzgado federal de Mercedes para sondear si el plan de negocios deportivos libertarios podría sufrir algún nuevo embate judicial. Hay preocupación. El Gobierno se muestra triunfal pero el asunto no está terminado y la tensión con la Asociación de Fútbol Argentino (AFA) escala. En el plano judicial, en el tribunal mercedino en particular, hay un planteo aún no resuelto de la Liga de Fútbol de Salto al que se sumó la AFA para frenar la reglamentación por decreto de la Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), algo que fue anunciado como “inminente” pero aún no se concretó.
Esta semana fue la IGJ publicó en el Boletín Oficial una resolución (15/2024) que desregula y elimina controles sobre las sociedades comerciales, locales, extranjeras y off shore, con el argumento de que será la forma de atraer inversiones. En medio de esa disposición, el organismo dijo que “debe aceptarse” la “transformación” de “asociaciones civiles en sociedades anónimas” o que las civiles y fundaciones sean accionistas en sociedades anónimas. Era el punto número 32 y aludía a la posibilidad de que las asociaciones sin fines de lucro, como las deportivas, cambien de régimen a partir del 1 de noviembre. El negocio millonario que puede venir con los clubes de fútbol es tema de agenda de Milei desde hace tiempo.
Quienes trabajan en la ingeniería legal (o tal vez no tan legal) para concretarlo son el ministro de Desregulación Federico Sturzenegger, el secretario de Deportes Daniel Scioli, el ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, la diputada libertaria Juliana Santillán y su pareja el empresario Guillermo Tofoni, dueño de World Eleven (que organiza amistosos internacionales de fútbol), aportante de campaña primero del PRO y luego de Milei. En el Gobierno creen que las SAD prometen la entrada de millones de dólares al país. En la AFA suponen que, al habilitar el blanqueo, es más probable que vengan organizaciones ligadas al narcotráfico a comprar clubes que tienen capitales limpios.
En un comunicado que difundió este viernes, la AFA salió a aclarar que las modificaciones dictadas por la IGJ “no obligan ni inciden en forma alguna en el estatuto social de la AFA, continuando, siendo un requisito indispensable para ser miembro de AFA el ser una ‘Asociación Civil sin fines de lucro’, tal como lo decidieron libremente las entidades miembros de AFA”. La entidad, que preside Claudio “Chiqui” Tapia, sostuvo que no se opone a las SAD o a que cada asociación civil decida qué estructura jurídica quiere tener, pero “sí se opone” por considerarlo “palmariamente inconstitucional” a que se quiera obligar a cualquier ente privado (la AFA y cualquier asociación civil, lo es) a asociar a entidades con diferente estructura jurídica a la de sus actuales miembros en clara oposición a sus estatutos conforme así lo establecieron sus socios”.
La pelea judicial
El DNU 70/2023 que desreguló la economía, cambió y derogó normas en diciembre último dedicó dos artículos dentro del capítulo que modifica la Ley de Deportes, a las asociaciones deportivas. El 335 dice que no se puede impedir a una organización deportiva la posibilidad de afiliarse a una confederación, federación, asociación, liga o unión por su “forma jurídica” si está reconocida por ley. El 345 les da un año a las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas, desde el momento de la reglamentación, para adecuarse a través de la modificación de sus estatutos. El objetivo era que la AFA y otras asociaciones quedarán obligadas a aceptar la participación de las SAD. El DNU fue diseñado por Sturzenegger y estudios jurídicos convocados para ese fin.
El camino en este asunto no fue tan sencillo para el gobierno desde entonces. La Liga de Fútbol de Salto (LFS), afiliada a la AFA, pidió ante el juzgado federal de Mercedes una medida cautelar que suspendiera la aplicación de ambos artículos. Alegó que pretendía proteger el derecho constitucional de “asociación con fines útiles”, “libre asociación” y “autonomía de la voluntad y reserva de acciones privadas”, entre otros puntos. Señalaba la intromisión del Estado en la esfera de las asociaciones civiles. El juez Elpidio Portocarrero hizo lugar al planteo y señaló que “la entrada en vigencia de la normativa impugnada altera el estado de situación de un colectivo de incidencia social como son las entidades deportivas, pues impide desarrollar su vida asociativa”.
Sostuvo, además, que se trataba “una asociación civil sin fines de lucro dedicada a la regulación de otras asociaciones de idéntica constitución, muchas dedicadas al fomento del deporte y otras actividades sociales” y que según la ley 20.655 (de promoción de las actividades deportivas) “el Estado atenderá al deporte en sus diversas manifestaciones” teniendo en cuenta que es “un factor educativo coadyuvante a la formación integral del hombre y como recurso para la recreación y esparcimiento de la población” y “un factor de la salud física y moral de la población…”
Cuando el gobierno apeló, la Cámara de San Martín señaló dos cuestiones. La LFS “al encontrarse” “obligada a adoptar una voluntad que excede la de los órganos de su gobierno, las facultades que la libertad de asociación le conceden se ven, al menos en este estado liminar de la causa, afectadas por la aplicación de la normativa cuestionada” “Máxime –agregaba– cuando el Estatuto de la AFA -asociación civil a la cual la LFS se encuentra afiliada a través de su ente rector (Consejo Federal de Fútbol Argentino) que sólo las asociaciones civiles sin fines de lucro con personería jurídica pueden convertirse en miembros de ella”. El otro aspecto aludía a que no estaban dados los requisitos para dictar un DNU al no haber una situación de excepcionalidad o necesidad que impidiera seguir el trámite legislativo habitual o que el Congreso no pudiera sesionar. Esto trae otra discusión de la mano: el tribunal estaba diciendo que si se quiere hacer una modificación de las normas del deporte, debería ser a través de una ley.
Los camaristas Marcos Morán, Juan Pablo Salas y Marcelo Darío Fernández rechazaron el recurso extraordinario del gobierno insistió y por eso el tema terminó en la Corte Suprema con un recurso de queja. La presentación es del 21 de mayo y el 27 de junio los letrados del Estado insistieron, pero los supremos no hicieron nada y difícilmente hagan algo. En despachos del alto tribunal aseguran que no tomarán grandes decisiones hasta que ingresen los nuevos cortesanos. Vale recordar, a la vez, que el DNU fue rechazado por el Senado pero aún la Cámara de Diputados no se expidió. El escenario no es de una prometedora seguridad jurídica para los inversores que el gobierno dice querer tentar, pero persevera.
Asuntos pendientes
Cúneo Libarona –que paradójicamente participó la de redacción del estatuto de Racing contrario a las SAD– mandó un emisario al juzgado de Mercedes porque no está todo dicho en esa causa judicial. No sólo porque hay un asunto pendiente en la Corte. Sino porque la Liga de Salto había presentado un pedido de ampliación de la medida cautelar a fines de mayo ante Portocarrero y volvió a insistir cuando estaba por empezar la feria judicial, con adhesión de la AFA.
Varias razones motivaron ese escrito. Tanto Scioli como el ahora exsubsecretario Julio Garro –expulsado días atrás– habían buscado instalar que los artículos del DNU sobre las SAD no estaban suspendidos. Scioli había posteado en la red X: “El decreto de la SAD del Presidente tiene fuerza de Ley y está vigente”. En otra publicación, en respuesta, a un funcionario de la AFA dijo que “la cautelar solo aplica para la Liga de Salto” y “será materia de revisión por recurso extraordinario federal” ante la Corte Suprema “gozando de plena aplicación el DNU 70/2023 para el resto del país…”. Garro posteó “el DNU” está “vigente” y “le permite a los clubes realizar libremente acuerdos con aval de los socios”.
La Liga planteó ante el juez de Mercedes que todo esto generaba confusión y que, para colmo, había publicaciones periodísticas que daban cuenta de que el Gobierno Nacional quería dictar la reglamentación de los artículos 335 y 345 sobre las SAD para que comenzara a correr el plazo de un año para adaptar los estatutos según el DNU. Algunas notas hablaban de una expectativa de que lleguen al país 3000 millones de dólares desde Estados Unidos y Europa. El pedido al juez era que aclare los alcances de la medida cautelar y que dicte “la medida para mejor proveer” que le parezca necesaria para que “al Estado Nacional no le quede duda alguna en cuanto que en cuanto a que no podrá avanzar con la reglamentación de los artículos cuestiones de inconstitucionalidad, puesto que su operatividad, se encuentra suspendida”.
Esto es lo que aún no está resuelto mientras el gobierno amaga con publicar un decreto reglamentario. Es “inminente”, repiten funcionarios. Tampoco está claro cómo será: podría modificar la Ley de Deporte o desempolvar una vieja norma salvataje deportivo que se usó para que Racing jugara en AFA siendo una sociedad civil. La vía legislativa propiamente dicha tampoco le parece sencilla al oficialismo (creando una figura societaria puntual o modificando la ley de sociedades) para conseguir apoyos.
¿Cambio de Sede?
El comunicado de la AFA actualiza algo que analiza la entidad hace tiempo: mudar su sede a Ezeiza, al complejo Lionel Messi, al señalar en el párrafo final que lo que diga la IGJ rige “para las asociaciones civiles radicadas exclusivamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Agrega que “no inciden ni modifican en absoluto los requisitos para los clubes miembros de la Asociación del Fútbol Argentino, que, conforme lo estableció su asamblea (órgano de gobierno máximo), deberán ser únicamente asociaciones civiles sin fines de lucro con personería reconocida”. El documento destaca que la Dirección Provincial de Personas Jurídicas bonaerense “declaró irregular e ineficaz la asamblea del Centro de Fomento Social y Deportivo José Hernández que habilitaba la chance de convertirse en una sociedad anónima deportiva”.
Ese organismo (como la IGJ a nivel provincial) sostuvo que “los clubes no son solo formadores de deportistas, sino también –y más importante– de personas de bien; son ámbitos de reunión de vecinos, de fomento de diversas actividades, de crecimiento barrial, etc. Y los clubes son el ámbito de contención para cientos de miles de personas. No es difícil pensar, entonces, que cuando dejen de ser asociaciones civiles, también dejarán de cumplir ese rol cultural y social que es indispensable. Misma consecuencia puede asumirse, aunque no dejen de ser asociaciones civiles, pero permitan el ingreso de capitales privados sedientos de generar ganancias a toda costa”.
Clubes de barrio
Las SAD son una amenaza para los clubes de barrio. “Debilitados por la coyuntura económica y por un Estado que lo agobia con las tarifas, los clubes de barrio quedan a merced de los privados, éstos harán negocios inmobiliarios, o dejarán el buffet y la canchita y con el resto de los terrenos del club hacen una torre o una cadena de gimnasio privado. Con esto desaparece el deporte social, que es el deporte que practican cerca de 10 millones de personas en el país y que el Estado no promueve, ya que administra sólo el deporte de élite”, dijo a Página/12 Daniel Pacin, secretario general de la Confederación Argentina de Clubes de Barrio. Por esta amenaza, explicó, presentarán un recurso de amparo y un pedido de medida cautelar también contra las SAD cuando termine la feria judicial en los tribunales de San Martín. En la legislatura porteña intentarán la aprobación de un proyecto para que la Secretaría de Deportes les devuelva el 40 por ciento de las tarifas que pagan.
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